Personal de las empresas de ocio educativo y animación sociocultural de toda España: campamentos, casas de colonias, ludotecas, actividades de tiempo libre, animación y dinamización cultural. Es el convenio de referencia para los titulados de FP de Animación Sociocultural y Turística.
IV Convenio (vigente hasta el 31 de diciembre de 2027)
Texto oficial en PDF con el articulado y las tablas salariales. Descárgalo gratis.
El IV Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural regula el sector del tiempo libre y la animación en toda España: campamentos, casas de colonias, ludotecas, actividades extraescolares, animación y dinamización sociocultural. Se publicó en el BOE de 11 de marzo de 2026 y está vigente hasta el 31 de diciembre de 2027 (luego se prorroga año a año).
El convenio organiza al personal por grupos y categorías. Para los titulados de FP, las referencias son:
Por encima están la dirección-gerencia y los titulados de grado universitario.
El convenio fija el salario base anual por categoría. Ojo: tiene tres tablas según el tipo de servicio (Tabla A para contratos públicos nuevos, Tabla B para el resto, y Tabla C unificada desde octubre de 2027), así que la cifra exacta depende de tu caso. Como referencia (salario base anual):
Es un sector con fuerte estacionalidad (campamentos y actividades de verano) y complementos propios por nocturnidad y por las actividades con pernocta.
El título de referencia es el Técnico Superior en Animación Sociocultural y Turística (FP de Grado Superior, familia de Servicios Socioculturales y a la Comunidad). Con él entras como Animador/a Sociocultural y puedes coordinar y dirigir actividades y proyectos. La categoría de Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre es la puerta de entrada.
Según el convenio, el salario base anual ronda los 18.000 € para el Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre y unos 19.000 € para el Animador/a Sociocultural, subiendo a 21.000-22.000 € para titulados y técnicos, y hasta 22.925 € en coordinación/dirección de programas. La cifra exacta depende de la tabla (A, B o C) que aplique a tu servicio.
Son tres escenarios salariales: la Tabla A se aplica a los servicios de contratación pública cuya licitación se inicia tras la publicación del convenio; la Tabla B, al resto de servicios; y la Tabla C unifica ambas a partir del 1 de octubre de 2027.
A las empresas de ocio educativo y animación sociocultural de todo el país: campamentos, casas de colonias, ludotecas, actividades de tiempo libre y extraescolares, animación y dinamización cultural.
Información orientativa elaborada por FPTrabajo; no sustituye al texto oficial del convenio. Consulta siempre la fuente oficial para tu caso concreto.